Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
16-10-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131016-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

119
Procedimiento ordinario 1.471 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.471 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ángela Alcalá Martín, frente a Fondo de Garantía Salarial y “La Quiruela, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 373 de 2013

En Madrid, a 13 de septiembre de 2013.—Vistos por mí, doña Carmen Durán de Porras, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre reclamación de cantidad, seguidos con el número 1.471 de 2012, a instancias de doña Ángela Alcalá Martín, asistida por el letrado señor Balboa Usabiaga, contra “La Quiruela, Sociedad Limitada”, que no ha comparecido, habiéndose dado intervención al Fondo de Garantía Salarial, representado por la letrada señora Ara Callizo.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda que en materia de reclamación de cantidad ha interpuesto doña Ángela Alcalá Martín, contra “La Quiruela, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a esta a que abone a la actora la cantidad de 1.332,83 euros, y todo ello con intervención del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se notifica la anterior resolución a las partes por medio de correo certificado con acuse de recibo, conteniendo los sobres remitidos copia de la sentencia dictada y cédula de notificación.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “La Quiruela, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.484/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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