Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
15-10-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131015-227

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 6

227
Procedimiento ordinario 442 de 2013

EDICTO

Doña Isabel María de Zarandieta Soler, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento de ordinario número 442 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Matas Mayor, contra Fondo de Garantía Salarial y “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son como sigue:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Admitir la demanda presentada.

Señalar el día 10 de septiembre de 2013, a las nueve cuarenta y cinco horas, para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, acto que se celebrara en la Sala de audiencias número 1, y a las diez horas del mismo día, para la celebración, en su caso, del acto de juicio, acto que se celebrará en la Sala de audiencias número 6.

Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecen ni alegan justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial, en el primer caso, y el magistrado-juez, en el segundo, tener a la actora por desistida de su demanda, y si se tratase de la demandada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía.

A los otrosíes: sobre la prueba documental, requiérase a la demandada a fin de aportar los documentos que se indican en el correspondiente otrosí de la demanda, bajo apercibimiento de poder estimar ciertas las alegaciones que se efectúen de adverso respecto del contenido de tales documentos, sin que lo acordado signifique la admisión de dichas pruebas, ya que las mismas deberán ser propuestas en forma en el propio acto de juicio y, en su caso, el magistrado-juez acordar su admisión (artículo 87 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese a las partes, con entrega de copia de la presente resolución y de la demanda, sirviendo la misma de cédula de citación en forma para los referidos actos de conciliación y juicio, así como para el requerimiento acordado para aportar documentos.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Isabel María de Zarandieta Soler.—En Murcia a 16 de septiembre de 2013.

Examinado el estado de las actuaciones, se señala para que tenga lugar el juicio el día 12 de noviembre de 2013, a las nueve y veinticinco horas, en la Sala de vista número 6, para el acto de juicio y a las nueve y quince horas del mismo día para la conciliación, con los mismos apercibimientos y advertencias que en la citación inicial.

Recábese averiguación de domicilio de la mercantil demandada en el Registro Mercantil e inténtese la citación en el domicilio que resulte y además en el de sus administradores. “Ad cautelam”, cítese a dicha mercantil por edictos.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Murcia, a 16 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.493/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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