Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
11-10-2013

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131011-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE MADRID NÚMERO 6

124
Expediente 1.095 de 2013

EDICTO

Doña Teresa María Marinero Rivera, secretaria del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el expediente número 1.095 de 2013, ha dictado el presente auto, que en encabezamiento su parte dispositiva dice:

Auto

En Madrid, a 23 de mayo de 2013.—Dada cuenta, por devuelto el presente expediente por el ministerio fiscal.

Hechos:

I. Con fecha 16 de noviembre de 2012, este Juzgado de vigilancia penitenciaria, dictó auto en el que aprobó el plan de ejecución elevado por el SGPYMA de Madrid, para que la penada doña María Isabel Álvarez Delgado, cumpliera la pena de trabajos en beneficio de la comunidad a la que había sido condenada.

II. Con fecha 3 de abril de 2013, el SGPYMA de Madrid, han informado a este Juzgado que la mencionada condenada, se ha ausentado injustificadamente del trabajo durante más de dos jornadas laborales, habiendo cumplido seis de las ciento veinte jornadas.

III. Del informe emitido por el SGPYMA de Madrid, se ha dado traslado al ministerios fiscal, el cual ha participado a este Juzgado, que procede declarar que la citada conde nada ha incumplido la pena impuesta y por ello debe deducirse testimonio a los efectos oportunos, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.6 del Código Penal.

Se declara incumplida la pena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta a la penada doña María Isabel Álvarez Delgado, en la ejecutoria número 111 de 2012, del Juzgado penal número 3 de Vigo.

Líbrese testimonio de las presentes actuaciones y remítanse con atento oficio al Juzgado de lo penal número 3 de Vigo que sustituyó la pena principal por la de trabajos en beneficio de la comunidad, con objeto de que por parte de dicho Tribunal se adopte la decisión más adecuada teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en este caso.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal, a la penada y al SGPYMA de Madrid, haciéndoles saber de que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reforma en el término de tres días y subsidiario o separado de apelación en el plazo de cinco días a resolver por el juez o Tribunal sentenciador en los términos previstos en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma la ilustrísima doña María Gracia Rupérez Paracuellos, magistrada-juez del Juzgado de violencia penitenciaria número 6 de Madrid.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de auto a doña María Isabel Álvarez Delgado, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Madrid, a 10 de septiembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/30.183/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131011-124