Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
08-10-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131008-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

180
Procedimiento 437 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 437 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan de Dios Ruiz Sobrino, frente a “Ralva Multiservicios, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que debo dictar sentencia con los siguientes pronunciamientos:

1. Que debo estimar la acción de despido improcedente interpuesta por don Juan de Dios Ruiz Sobrino, contra “Ralva Multiservicios, Sociedad Limitada”, declarando la improcedencia del despido de fecha 16 de febrero de 2013, condenando a la demandada “Ralva Multiservicios, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por la expresada declaración, así como que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia opte entre la readmisión del trabajador o abonarle una indemnización de 19.513,29 euros, conforme lo establecido en el fundamento de derecho quinto, o en caso de no optar la demandada por la indemnización, se producirá la readmisión. Si se produjese la readmisión se deberán abonar los salarios de tramitación desde el despido hasta la fecha de notificación de la presente resolución, en la cuantía de 49,07 euros brutos por día.

3. Que estimando la acción de reclamación de cantidad interpuesta por don Juan de Dios Ruiz Sobrino, contra “Ralva Multiservicios, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a “Ralva Multiservicios, Sociedad Limitada”, a abonar a don Juan de Dios Ruiz Sobrino la cantidad de 147,58 euros brutos, por los conceptos que se detallan en el hecho probado cuarto.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ralva Multiservicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.348/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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