Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131003-234

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 5

234
Ejecución 2.068 de 2012

EDICTO

Por esta cédula dictada en méritos de lo acordado en el proceso de ejecución número 2.068 de 2012 instruido por este Juzgado de lo social número 5 de Barcelona, a instancias de don Eduardo Tomás Gómez Godoy, contra “Habitar Estudio, Sociedad Limitada Unipersonal”, se notifica a “Habitar Estudio, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), la resolución dictada en el indicado proceso en fecha 11 de enero de 2013, cuyo tenor literal en su parte dispositiva dice:

Se acuerda la orden general de ejecución y, en consecuencia, procede ejecutar el título ejecutivo indicado en los antecedentes de hecho por un principal de 4.084,75 euros, más la cantidad de 408,48 euros que se fijan provisionalmente para intereses en previsión de lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que, en su caso, podrán incrementarse en dos puntos y con más la suma de 407,48 euros que prudencialmente se fija para costas, todo ello de conformidad a lo preceptuado en el artículo 251 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y sin perjuicio de su posterior liquidación y tasación.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial. Requiérase y adviértase a la apremiada en los términos de la misma.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de tres días, en el que además de alegar las posibles infracciones en que pudiera incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuesto y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada (artículo 187, en relación con el artículo 239 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Adviértase a la ejecutada notificada por edictos de que las siguientes resoluciones que en adelante recaigan y cuantas citaciones deban hacérsele se le notificarán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Jaume González Calvet, magistrado-juez en sustitución del Juzgado de lo social número 5 de Barcelona.—Doy fe.

Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se el harán fijando copia de la resolución o cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las que deban revestir forma de auto o decreto, que ponga fin al procedimiento o resolutorio de incidente, o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

En Barcelona, a 2 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial, María Nieves Rodríguez López.

(03/29.043/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131003-234