Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2013

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131003-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Comercio, por la que se acuerda publicar la notificación de resolución ejecutiva e información de pago de procedimiento sancionador por infracción en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos (expediente 63ALC/2012).

Intentada sin efecto en el domicilio de su destinatario la práctica de la notificación de resolución ejecutiva e información de pago de procedimiento sancionador por infracción en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos,

HE RESUELTO

Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, según se especifica en el Anexo Único.

Madrid, a 12 de septiembre de 2013.—El Director General de Comercio, Ángel Luis Martín Martín.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN EJECUTIVA E INFORMACIÓN DE PAGO

Por tratarse de una resolución ejecutiva, deberá hacerse efectiva la sanción impuesta en la Resolución del expediente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 138.3 y 115.1 de la citada Ley 30/1992, informándose de lo siguiente:

Primero

A tenor de lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” número 302, de 18 de diciembre), el importe de la multa se hará efectivo por ingreso directo en la cuenta restringida número 6000262539, Comunidad de Madrid, Dirección General de Comercio, Sanciones, abierta en la oficina 2038, sucursal 1738, con dígito de control 26, de “Bankia”, haciendo constar el número de expediente arriba reseñado y empresa en los períodos voluntarios que se detallan a continuación:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Segundo

Se le apercibe de que de no abonarse dentro de dicho período voluntario, se procederá a su exacción con los recargos que resulten aplicables, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En su interés y en evitación de cualquier confusión, será imprescindible que nos remita copia del justificante o resguardo acreditativo del ingreso en el plazo de diez días siguientes al mismo ante la Dirección General de Comercio (calle Albasanz, número 14), para su anotación y constancia en el expediente. En dicho justificante se hará constar nombre de la empresa y número del expediente.

Tercero

De la notificación de esta obligación contraída con la Comunidad de Madrid se da comunicación a la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio.

Expediente. — Imputado. — DNI/CIF. — Último domicilio conocido. — Sanción

63ALC2012. — Xiaoying Cheng. — X-4052208E. — Avenida Sierra, 1, 28701 San Sebastián de los Reyes (Madrid). — 30.051 euros.

(01/2.805/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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