Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
27-09-2013

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130927-11

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

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RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Transportes, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2013, para la realización de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera.

Mediante Orden de 24 de mayo de 2013, de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de mayo de 2013), se aprobaron las bases reguladoras y se efectuó la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2013, para la realización de actividades formativas en el sector del transporte público por carretera, abriéndose un plazo de un mes para la presentación de solicitudes.

Una vez estudiadas las solicitudes presentadas, habiendo requerido la documentación complementaria necesaria para la evaluación de las mismas y comprobado la situación de los solicitantes en relación con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se reunió la comisión de evaluación prevista en las bases reguladoras, a fin de valorar las solicitudes y formular la pertinente propuesta de Resolución.

A la vista de la propuesta de la comisión de evaluación y de conformidad con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la citada Orden de 24 de mayo de 2013, y demás normas concordantes,

HE RESUELTO

1.o Otorgar subvención a los solicitantes y actividades que se relacionan en el Anexo I.

2.o Desestimar por insuficiencia de fondos, en consideración a la puntuación obtenida, las solicitudes de las asociaciones que se indican a continuación: Asociación de Transportistas Autónomos (ATA), ATEIA-OLTRA Asociación de Transitarios de Madrid, UNIATRAMAC–MADRID, Sindicato de Transportes de Seguridad, LÓGICA-Organización Empresarial de Operadores Logísticos, UNO-Organización Empresarial de Logística y Transporte, Asociación de Autónomos del Sector del Transporte y Actividades Anexas (ASAT), Asociación Española de Mensajería (AEM), Agrupación de Transportistas de Contenedores de Obra (ATRASCOM), Asociación Española de Couriers Internacional (AECI), Federación Española de Transporte Discrecional de Mercancías (FETRANSA), y Asociación del Transporte Internacional por Carretera (ASTIC), así como las acciones formativas de las asociaciones que figuran en el Anexo I y que no han sido incluidas en el mismo.

El abono de la subvención queda condicionado a la presentación de los justificantes de realización de las actividades y de los gastos relacionados con las mismas, que se deberá efectuar hasta el 31 de octubre de 2013, en los términos exigidos por las bases de la convocatoria.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero de Transportes, Infraestructuras y Vivienda en el plazo de un mes desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, 18 de septiembre de 2013.—El Consejero de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, PD (Orden de 25 de enero de 2012), el Director General de Transportes, Federico Jiménez de Parga Maseda.





(03/30.494/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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