Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130926-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

130
Procedimiento 889 de 2012

EDICTO

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 889 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Trinidad Martínez Bending, frente a “Relaciones de Marketing Directo, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses, en general, se ha dictado la siguiente resolución, sentencia número 26 de 2013.

Fallo

Que con estimación de la demanda presentada por doña María Trinidad Martínez Bending, contra “Relaciones de Marketing Directo, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y debo condenar y condeno a la parte demandada a optar en el plazo de cinco días entre readmitirle en las mismas condiciones que tenía antes del despido con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la presente sentencia o a indemnizarle con la cantidad de 12.198 euros sin abono de salarios de tramitación.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo de que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, de que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzgado con el número 2805, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenando en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzgado, con el número 2805, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Relaciones de Marketing Directo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/27.876/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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