Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
25-09-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130925-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 38

76
Procedimiento ordinario 1.616 de 2008

EDICTO

Don Juan Fernando Armengot Iborra, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en dicho Juzgado y con el número 1.616 de 2008 se tramita procedimiento ordinario a instancias de comunidad de propietarios de calle Jacinto Benavente, número 27, de Villanueva de la Cañada, contra don Carlos Martínez García-Matamoros, don José Antonio Prats Guardiola y “Promociones Inmobiliarias Yuncos, Sociedad Anónima”, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Uno.—La desestimación de la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de calle Jacinto Benavente, número 27, de Villanueva de la Cañada (Madrid), representada por la procuradora doña Ana Isabel Arranz Grande, contra “Promociones Inmobiliarias Yuncos, Sociedad Anónima”, en rebeldía, don Carlos Martínez García-Matamoros, representado por el procurador don Álvaro de Luis Otero, y don José Antonio Prats Guardia, representado por el procurador don Ignacio Argos Linares, y parte dispositiva se transcriben a continuación.

Dos.—Y absuelvo a los demandados de la demanda referida.

Tres.—Por último, condeno a la demandante al pago de las costas. Notifíquese la presente resolución a las partes, con expresión de que contra la misma cabe recurso de apelación, en el plazo de veinte días.

Y para que conste y sirva de notificación a la demandada en ignorado paradero, “Promociones Inmobiliarias Yuncos, Sociedad Anónima”, expido el presente para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 6 de marzo de 2013.—El secretario (firmado).

(02/6.437/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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