Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
23-09-2013

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130923-41

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

RÉGIMEN ECONÓMICO

41
Modificación ordenanza fiscal

Transcurrido el plazo de exposición al público de los acuerdos adoptados por el Pleno de este Ayuntamiento, en su sesión ordinaria celebrada el 17 de julio de 2013, sobre la modificación de la ordenanza fiscal número 11, reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, y del acuerdo de establecimiento número 2, de precios públicos por servicios de guarderías infantiles, enseñanzas especiales y servicios culturales y de ocio en general, y no habiéndose presentado reclamaciones, se eleva automáticamente a definitivo el acuerdo provisional, procediéndose a la publicación del mismo en virtud de lo ordenado en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, cuyo texto íntegro se adjunta.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 11. REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL

Se modifica el apartado 1 del epígrafe a) del artículo 5, Cuota tributaria y tipo de gravamen, que queda redactado como sigue:

La cuota tributaria se determinará de conformidad con lo dispuesto en la tarifa establecida en este artículo, distinguiendo las tarifas siguientes:

a) Establecimiento de terrazas por bares y cafeterías:

1.a. Autorización para año completo:



1.b. Autorización para uno o varios días concretos de la semana, para mesas y sillas complementarias, a lo largo de todo el año, en el período y espacio compatible designado por los Servicios Técnicos:



REGLAMENTO: ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO NÚMERO 2, DE PRECIOS PÚBLICOS POR SERVICIOS DE GUARDERÍAS INFANTILES, ENSEÑANZAS ESPECIALES Y SERVICIOS CULTURALES Y DE OCIO EN GENERAL

Se añade epígrafe 9 al artículo 4, Cuantía, que queda redactado como sigue:

Epígrafe 9. “Educación de Adultos”:



Torrelodones, a 9 de septiembre de 2013.—La alcaldesa, Elena Biurrun Sainz de Rozas.

(03/28.305/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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