Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
19-09-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130919-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

109
Procedimiento ordinario 532 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 532 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Franklin Geovanny Pillajo Tipan, frente a “Asistencia Miranda, Sociedad Limitada”, y “Talleres Hispanoluso, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario se ha dictado la resolución del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Dispongo: Que desde la fecha de la presente resolución hasta la fecha en que se dicte sentencia en el presente procedimiento la relación laboral permanezca en suspenso, eximiendo a los contratantes de sus recíprocas obligaciones de trabajar y remunerar el trabajo y considerando al trabajador en situación de desempleo involuntario hasta tanto encuentre colocación en otra empresa y con posterioridad, caso de producirse el cese en esta.

Todo ello con anterioridad al momento en que se dicte sentencia.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Asistencia Miranda, Sociedad Limitada”, y “Talleres Hispanoluso, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 30 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.616/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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