Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 216

Fecha del Boletín 
11-09-2013

Sección 1.4.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130911-12

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

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RESOLUCIÓN de 19 de agosto de 2013, del Director General de Transportes, por la que se hace pública la suspensión de la inscripción en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte (Ed. 136.13).

De conformidad con el artículo 12.5 de la Orden FOM 734/2007, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera, la persona que aportaba la competencia profesional a la cooperativa que se relaciona en el Anexo I presentó, el día 25 de octubre de 2012, declaración responsable en la que desistía expresamente de continuar capacitándola.

Esta Dirección General de Transportes notificó, con fecha 27 de diciembre de 2012, a la empresa mencionada que disponía de un plazo máximo de tres meses para justificar que volvía a cumplir el requisito de la competencia profesional, advirtiéndole de que, de no hacerlo así, se procedería de forma inmediata a la suspensión de su inscripción como Cooperativa en el RGT (artículo 9 de la Orden de 23 de julio de 1997, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización).

Una vez finalizado el plazo indicado, y habiéndose intentado sin éxito en el domicilio de la destinataria la práctica de la notificación relativa a la suspensión de la inscripción como Cooperativa en el RGT, de conformidad con lo dispuesto en el punto 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General resuelve ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y a través de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Por consiguiente, se le comunica que debe cesar con carácter inmediato en el ejercicio de cualquier actividad de captación de cargas o contratación de servicios y comercialización para sus socios, so pena de ser sancionada por la realización de una actividad de intermediación careciendo de la preceptiva autorización.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estimen oportuno deducir.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, a 19 de agosto de 2013.—El Director General de Transportes, Federico Jiménez de Parga Maseda.

ANEXO I

Destinatario. — Último domicilio conocido

Cooperativa de Transportes Plataforma de Madrid. — La Rioja, 108, planta LC, puerta 8, 28914 Leganés (Madrid).

(03/27.704/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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