Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
23-08-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130823-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

123
Procedimiento 164 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 164 de 2013, recurso de suplicación número 81 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Belén Martínez García, frente a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 23 de julio de 2013.—El letrado don Fernando del Portillo Cruz, en nombre de doña Ana Belén Martínez García, ha presentado escrito de formalización en fecha 18 de julio de 2013 del recurso de suplicación anunciado en su día contra la sentencia dictada en este procedimiento.

Acuerdo: Tener por formalizado el recurso, y fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia y del escrito de formalización.

Dar traslado del mismo a la parte contraria para su impugnación en el término de cinco días, si así le conviniere.

La impugnación deberá llevar la firma de letrado o graduado social colegiado para su admisión a trámite, quien deberá consignar un domicilio en la localidad en que radica la sede del Tribunal Superior de Justicia (artículo 198 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

En los escritos de impugnación podrán alegarse, de conformidad con el artículo 197.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, motivos de inadmisibilidad del recurso, así como eventuales rectificaciones de hecho o causas de oposición subsidiarias, aunque no hubieran sido estimadas en la sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes con arreglo a lo dispuesto en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.425/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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