Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
23-08-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130823-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

119
Ejecución 86 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 86 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Hidalgo Amor, frente a “Gómez & Núñez Soluciones Empresariales, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Ruthem Gestión, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 3.948,03 euros de principal, 236 euros de intereses y 394 euros de costas calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas “Ruthem Gestión, Sociedad Limitada”, y “Gómez & Núñez Soluciones Empresariales, Sociedad Limitada Unipersonal”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase entrega a la ejecutante de los correspondientes testimonios a fin de iniciar el correspondiente expediente administrativo ante el Fondo de Garantía Salarial, para lo cual deberá la parte actora aportar a este Juzgado copias de los documentos y resoluciones pertinentes.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2387/0000/64/0086/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ruthem Gestión, Sociedad Limitada”, y “Gómez & Núñez Soluciones Empresariales, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.346/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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