Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
23-08-2013

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130823-81

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

81
Bases convocatoria puesto ingeniero técnico

Por acuerdo de 5 de junio de 2013, de Junta de Gobierno Local, se resolvió aprobar las bases específicas, cuya convocatoria se aprobó por el mismo órgano el 10 de julio siguiente:

BASES ESPECÍFICAS PARA LA COBERTURA DE UN PUESTO DE INGENIERO TÉCNICO, PERTENECIENTE A LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, CLASE MEDIA, SUBGRUPO A2, COMO FUNCIONARIO DE CARRERA

1. Objeto.—Las presentes bases específicas tienen por objeto regir la convocatoria para cubrir como funcionario de carrera y mediante concurso-oposición libre, una plaza de la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Media, subgrupo A2, correspondiente al puesto de ingeniero técnico-inspector urbanístico adscrito inicialmente a la Unidad de Vías Públicas de este Ayuntamiento.

Esta convocatoria se regirá por estas bases específicas y, además, por las bases generales de aplicación a las convocatorias para cubrir plazas de funcionario de carrera en este Ayuntamiento, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión de 20 de octubre de 2004 y modificadas por acuerdo del mismo órgano de 3 de octubre de 2007, siendo publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 270, de 13 de noviembre de 2007.

2. Características de la plaza/puesto.—La plaza está incluida en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y clasificada en el subgrupo A2 de la subescala Técnica de Administración Especial. El puesto de ingeniero técnico-inspector urbanístico a convocar se encuentra recogido en la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario del Ayuntamiento, con un nivel 20 de complemento de destino, y se halla adscrito inicialmente a la Unidad indicada, dependiente de la Concejalía de Obras y Servicios, Participación y Distritos.

Por lo que se refiere a las condiciones de trabajo, la jornada será a tiempo completo, mientras que las retribuciones serán las establecidas en el presupuesto municipal y en la citada RPT, conforme a la legislación vigente. Las demás condiciones laborales serán las establecidas en la normativa de aplicación y en el vigente acuerdo de funcionarios de este Ayuntamiento.

3. Requisitos.—Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los aspirantes deberán reunir en el plazo correspondiente, además de los requisitos contemplados en el capítulo II de las bases generales referidas, los siguientes:

Estar en posesión o en condiciones de obtener alguno de los títulos académicos oficiales siguientes:

— Ingeniero Técnico de Obras Públicas.

— Graduado en Ingeniería Civil.

— Título universitario de denominación equivalente a los anteriores que haya sido reconocido oficialmente por la Administración competente a efectos profesionales y que habilite para el ejercicio de la profesión de ingeniero técnico de Obras Públicas.

4. Solicitudes.—La solicitud para tomar parte en esta convocatoria y la documentación que le acompañe, se presentará conforme indica el capítulo III de las bases generales, en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano, en horario de nueve a catorce y de dieciséis a veinte, de lunes a viernes y de nueve a catorce los sábados, excepto período estival. Asimismo, podrán presentarse en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Derechos de examen.—La tasa por derechos examen se fija en la cuantía de 21 euros. El pago de dicha tasa se efectuará mediante ingreso o transferencia bancaria en el número de cuenta indicada en el capítulo III de las referidas bases generales.

6. Admisión de aspirantes.—La admisión provisional de aspirantes, plazo de subsanación y admisión definitiva se regirá por lo establecido en el capítulo IV de las bases generales. Las listas de aspirantes admitidos serán aprobadas por resolución de la concejala-delegada de Recursos Humanos y Régimen Interior.

7. Sistema selectivo.—El sistema selectivo es el de concurso-oposición, y viene motivado por la especificidad de las funciones a desempeñar, que hace aconsejable la valoración de cierta experiencia profesional y formación, para garantizar el desempeño adecuado de las funciones del puesto de trabajo, y así garantizar adecuadamente los principios de mérito y capacidad.

Constará, por el orden siguiente, de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

7.1. Fase de concurso:

Se valorarán los siguientes méritos:

a) Experiencia profesional: máximo 10 puntos.

Por experiencia profesional en la Administración Pública u organismos o entes públicos vinculados o dependientes de las mismas, como ingeniero técnico de Obras Públicas o puesto del subgrupo A2 de denominación equivalente, tanto en régimen funcionarial como laboral.

Por cada año de servicio o fracción igual o superior a seis meses: 1 punto, hasta un máximo de 9 puntos.

Por experiencia profesional en el sector privado en puestos del mismo grupo y categoría profesional, respecto de los cuales el aspirante acredite similitud de funciones con las del convocado.

Por cada año de servicio o fracción igual o superior a seis meses: 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.

b) Formación: máximo 1 punto.

Por la realización de cursos, seminarios, congresos, jornadas o actividades formativas similares, relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo convocado, e impartidos u organizados por Administraciones Públicas u organismos o entes públicos vinculados o dependientes de las mismas, organizaciones sindicales, colegios profesionales y demás entidades acogidas al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas, se valorará conforme al siguiente baremo:

— Hasta 20 horas: 0,05 puntos por cada uno.

— De 21 a 50 horas: 0,10 puntos por cada uno.

— De 51 a 200 horas: 0,15 puntos por cada uno.

— De 201 a 500 horas: 0,20 puntos por cada uno.

— De más de 500 horas: 0,25 puntos cada uno.

Aquellos cursos en los que no conste el número de horas se valorarán con la puntuación mínima.

c) Títulos: por estar en posesión del título oficial de ingeniero superior de Caminos, Canales y Puertos o equivalente. Se valorará con 1 punto.

Todos los méritos alegados deberán acreditarse conforme se establece en las bases generales.

7.2. Fase de oposición:

Los ejercicios de esta fase tendrán cada uno carácter obligatorio y eliminatorio, siendo necesaria la superación del primero para ser admitido a la realización del segundo:

— Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito a veinte preguntas concretas y de respuesta breve, relacionadas con la totalidad del temario que figura como anexo a las presentes bases, debiendo guardar la debida proporción entre la parte general y la específica del mismo.

El tiempo máximo de realización será de dos horas.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

— Segundo ejercicio: consistirá en la resolución y defensa de un supuesto de carácter práctico, relacionado con las funciones del puesto de trabajo y con el temario específico que contiene el programa anexo a las presentes bases , y que comprenderá dos tramos o fases sucesivas, que tendrán lugar en jornadas distintas:

a) Fase de resolución escrita: el tribunal de selección propondrá a los aspirantes dos supuestos diferentes, pudiendo los mismos elegir cualquiera de ellos. El tiempo de realización de esta prueba no podrá superar las dos horas, pudiendo el tribunal marcar un tiempo inferior y adecuado en todo caso a su contenido. Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán utilizar material de consulta, en soporte papel, del que acudan provistos.

b) Fase de defensa oral: consistirá en la lectura íntegra del supuesto práctico por parte de cada aspirante y posterior defensa ante el tribunal de selección, cuyos miembros plantearán al mismo las preguntas que en relación con la resolución del supuesto estimen pertinentes, con un tiempo máximo de quince minutos, excluyendo el destinado a la lectura propiamente dicha. No obstante lo anterior, el tribunal podrá invitar al aspirante a abandonar la lectura y/o no efectuar ninguna cuestión si aprecia deficiencia notoria en su exposición.

Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 puntos.

La calificación de esta fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios indicados.

8. Tribunal de selección.—Se regirá por lo establecido en el capítulo V de las bases generales y por el decreto de Alcaldía de 17 de enero de 2008, sobre regulación de la composición y funcionamiento de los tribunales de selección en este Ayuntamiento.

El tribunal calificador que actúa en esta prueba selectiva tendrá la categoría segunda a efectos de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

La designación nominativa de los miembros que componen el órgano de selección será resuelta por resolución de la concejala-delegada de Recursos Humanos y Régimen Interior.

9. Calificación final.—La calificación definitiva del concurso-oposición se obtendrá conforme se establece en el capítulo VII de las bases generales.

10. Nombramiento y adjudicación del puesto.—Se procederá según lo establecido en el capítulo VIII de las bases generales.

11. Norma final.—Contra las presentes bases se podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Junta de Gobierno Local, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el tablón de edictos municipal.

ANEXO

PROGRAMA

Temario general

1. La Constitución española de 1978: significado, estructura y contenido. Principios generales.

2. Los derechos y deberes fundamentales.

3. La Corona. Sucesión. Refrendo.

4. El poder legislativo. Las Cortes Generales: composición.

5. Fuentes de Derecho. La Ley: concepto y tipos.

6. El Reglamento: rasgos esenciales

7. El Estatuto de la Comunidad de Madrid. Principios generales.

8. La Asamblea de Madrid: organización.

9. Los municipios de gran población (I): organización y funcionamiento del Pleno como órgano municipal necesario de los municipios de gran población.

10. Los municipios de gran población (II): el alcalde y los tenientes de alcalde como órganos municipales necesarios de los municipios de gran población.

11. Los municipios de gran población (III): organización y funcionamiento de la Junta de Gobierno Local como órgano municipal necesario de los municipios de gran población.

12. Los municipios de gran población (IV): la asesoría jurídica, los órganos superiores y directivos, el Consejo Social de la Ciudad y la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones como órganos municipales necesarios de los municipios de gran población.

13. El acto administrativo: concepto, clases y elementos.

14. Estatuto Básico del Empleado Público: clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas.

15. El presupuesto: concepto y procedimiento de aprobación.

Temario específico

1. Obras e instalación de servicios. Señalización y balizamiento de obras en la vía pública.

2. Servicios de conservación de pavimentación, alcantarillado y depuración, alumbrado público, señalización y semaforización, mobiliario urbano informativo en Pozuelo de Alarcón.

3. Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid.

4. Criterios técnicos de los accesos a la red de carreteras de la Comunidad de Madrid.

5. Drenajes superficiales y subterráneos.

6. Tráfico y circulación del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Infraestructura ferroviaria en el ámbito local.

7. Firmes. Materiales, tipología y normativa.

8. Movimientos de tierras. Clasificación y características de los suelos. Explanaciones, terraplenes y pedraplenes.

9. Obras de paso. Conceptos generales. Tipología y normativa.

10. Pliego de prescripciones técnicas generales para obras de carreteras y puentes.

11. Glorietas y travesías. Criterios de diseño. Iluminación.

12. Ley de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

13. Ordenanza de limpieza de espacios públicos y gestión de residuos

14. Texto refundido de la Ley de Aguas y Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

15. Dominio público hidráulico, urbanismo y ordenación del territorio.

16. Hidrología. Ciclo hidrológico. Red de aforos.

17. Regulación. Garantía de regulación. Criterios de garantía. Modelos matemáticos de regulación. Leyes de distribución de aportaciones.

18. Hidrología de aguas subterráneas. Utilización y aprovechamiento de las aguas subterráneas: régimen de explotación. Técnicas de investigación hidrogeológica y evaluación de recursos.

19. Usos de agua en abastecimiento a poblaciones. Demanda de abastecimiento. Dotaciones. Captaciones de aguas superficiales y subterráneas. Perímetros de protección de captaciones.

20. Calidad de las aguas.

21. Depuración de aguas residuales.

22. Gestión de infraestructuras de saneamiento.

23. Abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid.

24. Saneamiento y depuración de Pozuelo de Alarcón.

25. Proyectos de conducciones generales de saneamiento.

26. Reutilización de aguas depuradas.

27. Aguas regeneradas, una nueva alternativa de obtención de recurso.

28. Contaminación de la escorrentía urbana. Directrices actuales para el diseño de redes de alcantarillado unitarias.

29. Estrategia no estructural para la prevención de inundaciones

30. Estaciones de bombeo. Impulsiones.

31. Ley de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

32. Vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento.

33. Características geológicas-geotécnicas de los suelos del término municipal de Pozuelo de Alarcón.

34. Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Modificaciones.

35. Disposiciones mínimas de seguridad en obras de construcción.

36. Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

37. Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

38. Proyectos de obras. Fases de una obra desde su licitación hasta su liquidación definitiva. Relaciones valoradas de obra. Certificaciones. Modificaciones de obra. Revisión de precios.

39. El planeamiento urbanístico del territorio. Clases de planes de ordenación del territorio en la Comunidad de Madrid. Plan General de Ordenación Urbana. Normas complementarias y subsidiarias.

40. Planes de sectorización. Planes parciales. Planes especiales. Estudio de Detalle. Proyecto de urbanización Catálogo de bienes y espacios protegidos.

41. Ejecución del planeamiento.

42. La Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

43. Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón. Objeto y vigencia. Documentos que lo componen. Valor de su ordenación y determinaciones. Interpretación. Plazos para los deberes urbanísticos.

44. Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón. Proyectos de urbanización. Normas sobre el diseño y calidad de la urbanización.

45. Tramitación de licencias y control urbanístico. Disciplina urbanística.

Pozuelo de Alarcón, 2013.—Firmado.

(02/5.684/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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