Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
22-08-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130822-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

89
Procedimiento 209 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 209 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Varela García, frente a “Fiesta, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, don Francisco Javier Ramos Torre y don Francisco Vera Vázquez, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 207 de 2013

En Madrid, a 28 de mayo de 2013.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, doña María Luisa Segura Rodríguez, los presentes autos número 209 de 2012, seguidos a instancias de don Javier Varela García, contra “Fiesta, Sociedad Anónima”, y los administradores concursales de la citada empresa demandada don Francisco Vera Vázquez y don Francisco Javier Ramos Torre, y Fondo de Garantía Salarial, sobre materias laborales individuales, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Desestimando la demanda interpuesta por don Javier Varela García, frente a la empresa “Fiesta, Sociedad Anónima” (actualmente en concurso voluntario de acreedores, en el que han sido designados don Francisco Vera Vázquez y don Francisco Javier Ramos Torre administradores concursales), absuelvo a la parte demandada de la reclamación frente a la misma formulada.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Francisco Vera Vázquez y don Francisco Javier Ramos Torre, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.238/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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