Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
21-08-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130821-143

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

143
Autos 1.254 de 2012-L

EDICTO

Doña María del Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de despidos/ceses en general número 1.254 de 2012-L de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ricardo Pobre Calvo, contra Fondo de Garantía Salarial, “Unit Saml Company, Sociedad Limitada”, y “Brenton, Sociedad Limitada”, sobre despido y cantidad, se ha dictado auto de fecha 4 de julio de 2013 de aclaración de la sentencia número 214 de 2013, de fecha 18 de junio de 2013, cuya parte dispositiva es como sigue:

Parte dispositiva:

Dispongo:

1. Estimar la solicitud del demandante don Ricardo Pobre Calvo de aclarar la sentencia número 214 de 2013, de fecha 18 de junio de 2013, dictada en este procedimiento, en el sentido que se indica a continuación:

Donde dice en el hecho probado quinto:

“Quinto.—La empresa no ha abonado al actor las siguientes cuantías:

Nómina de veintiséis días de octubre: 588,12 euros (todo salario).

Paga extra beneficios 2012: 32,64 euros.

Paga de verano 2012: 197,20 euros.

Paga proporcional de vacaciones, trece días: 293,93 euros.

Paga proporcional de paga de beneficios 2013: 307,36 euros.

Paga proporcional de paga de verano 2013: 160,68 euros.

Paga proporcional de paga de Navidad 2013: 333,20 euros.

Total bruto: 1.913,13 euros.

Debe decir:

“Quinto.—La empresa no ha abonado al actor las siguientes cuantías:

Nómina de veintiséis días de octubre: 588,12 euros (todo salario).

Paga extra beneficios 2012: 32,64 euros.

Paga de verano 2012: 197,20 euros.

Parte proporcional de vacaciones, trece días: 293,93 euros.

Paga proporcional de paga de beneficios 2012: 307,36 euros.

Paga proporcional de paga de verano 2012: 160,68 euros.

Paga proporcional de paga de Navidad 2012: 333,20 euros.

Total bruto: 1.913,13 euros.”

2. Incorporar esta resolución al libro que corresponda y llevar testimonio a los autos principales.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Contra este auto no cabe interponer recurso, sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse frente a la resolución aclarada.

Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la ofician judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Unit Saml Company, Sociedad Limitada”, y “Brenton, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Guadalajara, a 4 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.091/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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