Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
19-08-2013

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130819-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Tasa vados 2013

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que en las oficinas del Órgano de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento se encuentran expuestas al público la matrícula y la lista cobratoria de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras o calzadas, correspondientes al ejercicio 2013, aprobado por resolución del titular del Órgano de Gestión Tributaria de 26 de julio de 2013.

Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, tiene el carácter de notificación colectiva a que hace referencia el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Recursos: contra los datos contenidos en la matrícula y lista cobratoria de recibos, y en caso de disconformidad con los mismos, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, previo a la reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes, a contar desde la finalización del período de exposición pública de este anuncio, ante el titular del Órgano de Gestión Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 137 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 23 del Reglamento del Órgano de Gestión Tributaria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación. En su caso, podrá interponer directamente reclamación económico-administrativa en la forma y plazos previstos en el Reglamento Orgánico del Tribunal Económico-Administrativo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 214, de 9 de septiembre de 2009).

La interposición de recurso no detendrá la acción administrativa para la cobranza, a menos que el interesado solicite, dentro del plazo para interponer el mismo, la suspensión de la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.i) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Período de pago: asimismo, de conformidad con el calendario fiscal establecido en el artículo 136 de la ordenanza general de gestión, inspección, revisión y recaudación, se informa de que durante los días comprendidos entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2013 se pondrán al cobro en período voluntario los recibos correspondientes a la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras o calzadas del ejercicio 2013.

Para quienes tengan domiciliación permanente de sus recibos, la fecha de adeudo en cuenta será el día 30 de noviembre de 2013.

Forma de pago: para el pago de los tributos municipales por recibo, en período voluntario, los contribuyentes que no tengan domiciliación permanente de sus tributos deberán presentar el aviso de pago que se distribuye personándose, por sí o a través de tercero, en las oficinas de las siguientes entidades colaboradoras:

— “Banco Santander”.

— “Bankia”.

— “Caixabank”.

— “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”.

— “Banco SabadellCam”.

— “Barklays”.

Este documento (aviso de pago) servirá como justificante de pago con la validación mecánica o firma y sello autorizado de la entidad financiera. En caso de que no se reciba el aviso de pago o de extravío del mismo, se podrá solicitar un duplicado en la Oficina de Atención Integral al Contribuyente (sito en la casa consistorial, plaza Mayor, sin número), en el teléfono de información municipal 010, mediante “e-mail”, a la dirección, recaudacion@pozuelodealarcon.org; mediante fax, al número 917 150 749; por teléfono, llamando a los números 914 522 704 o 914 522 705, o en cualquier Oficina de Atención al Ciudadano.

También pueden hacer efectivo el pago de este tasa:

— A través de cajeros de las entidades anteriormente citadas.

— Desde la página web del Ayuntamiento, www.pozuelodealarcon.org (“pago de tributos municipales”), entrando en “pago o-line” mediante tarjeta de crédito o débito de cualquier banco (tarjetas admitidas: Visa-Classic, Visa-Oro, Visaelectrón, MasterCard y Eurocarp).

Para evitarle molestias y esperas innecesarias, se le sugiere la conveniencia de domiciliar el pago del tributo para ejercicios sucesivos en su entidad financiera, para lo cual deberá cumplimentar debidamente la orden de domiciliación que aparece en el aviso de pago. Asimismo, puede hacerlo directamente a través de la página web municipal.

Advertencia: transcurrido el período voluntario de cobranza, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos de período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Pozuelo de Alarcón, a 26 de julio de 2013.—El titular del Órgano de Gestión Tributaria, Eugenio Martínez Serrano.

(02/5.569/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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