Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
19-08-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130819-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36

66
Procedimiento ordinario 1.904 de 2010

EDICTO

Don Miguel Anaya del Olmo, secretario del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado a mi cargo se siguen actuaciones de juicio ordinario número 1.904 de 2010, a instancias del procurador señor Gómez de la Serna Adrada, en nombre de “FCE Bank, Public Limited Company” (sucursal en España), frente a don Alejandro Cuervo Montoya, declarado en rebeldía, en el que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 19 de febrero de 2013.—Vistos por la ilustrísima señora doña María de los Ángeles Martín Vallejo, magistrada-juez de primera instancia del número 36 de los de Madrid, los presentes autos seguidos entre: la demandante, “FCE Bank, Public Limited Company” (sucursal en España), representada por el procurador señor Gómez de la Serna Adrada y asistida por el letrado señor Ortiz Ostale, y el demandado don Alejandro Cuervo Montoya, declarado en rebeldía, en el juicio ordinario número 1.904 de 2010, en el que aparece el siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta a instancias de “FCE Bank, Public Limited Company” (sucursal en España), representada por el procurador don Antonio Gómez de la Serna Adrada, contra don Alejandro Cuervo Montoya, declarado en rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la demandante la cantidad de 10.901,71 euros y a los intereses pactados de dicha cantidad desde el día de interposición de la demanda, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución podrán las partes interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado don Alejandro Cuervo Montoya, declarado en rebeldía y en paradero desconocido, se publica la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se expide en Madrid, a 4 de marzo de 2013.—El secretario (firmado).

(02/1.845/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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