Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
16-08-2013

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130816-1

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

1
RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2013, del Director General de Cooperación con la Administración Local, sobre la supresión del puesto de Vicesecretaría-Intervención reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal del Ayuntamiento de Colmenarejo.

Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Colmenarejo, al objeto de suprimir el puesto de colaboración reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, denominado Vicesecretaría-Intervención.

Vista la certificación del Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Colmenarejo el día l de abril de 2013, por el que se aprobó solicitar a la Comunidad de Madrid, la supresión del puesto de colaboración de Vicesecretaría-Intervención, clasificado en la subescala Secretaría-Intervención, categoría única, que actualmente se encuentra vacante.

Visto que el expediente reúne los requisitos establecidos.

Visto el informe emitido por el Área de Administración y Régimen Jurídico Local de esta Dirección General, de19 de julio de 2013, teniendo en cuenta la legislación vigente.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 94/2010, de 29 de diciembre, Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, y Decreto 109/2012, de 4 de octubre,

HE RESUELTO

1. Suprimir, de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Colmenarejo, en sesión celebrada el día 1 de abril de 2013, el puesto de colaboración denominado Vicesecretaría-Intervención, que se encontraba clasificado en la subescala Secretaría-Intervención, categoría única.

2. Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Colmenarejo y a los interesados.

3. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para conocimiento del público en general.

4. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Viceconsejería de Justicia y Administraciones Públicas o ante el Director General de Cooperación con la Administración Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 19 de julio de 2013.—El Director General de Cooperación con la Administración Local, Jaime González Taboada.

(03/26.932/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130816-1