Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
15-08-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130815-38

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

38
Procedimiento 286 de 2011-01

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de tercería de dominio número 286 de 2011-01 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Scala Argenturen BV”, frente a don Manuel Antonio Pérez Campos y “Californiusa, Sociedad Anónima”, sobre tercería de dominio, se han dictado las siguientes resoluciones:

Se estima la tercería de dominio formulada por “Scala Argenturen BV”, y en consecuencia, se acuerda alzar el embargo sobre los bienes objeto de dicha tercería consistente en la finca registral número 23.983 inscrita al tomo 1.395, libro 310, folio 158, IDUFIR 03059000080922, y finca registral número 23.987 inscrita al tomo 1.395, libro 310, folio 162, IDUFIR 03059000080960, inscripción tercera, del Registro de la Propiedad número 3 de Torrevieja, por considerarse, a los meros efectos prejudiciales, que dichos bienes son titularidad del tercero que instó este incidente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2517/0000/68/0286/11.

Procede alzar el embargo en su día decretado respecto de la finca registral número 23.983, inscrita al tomo 1.395, libro 310, folio 158, IDUFIR 03059000080922, y de finca registral número 23.987, inscrita al tomo 1.395, libro 310, folio 162, IDUFIR 03059 000080960, inscritas en el Registro de la Propiedad número 3 de Torrevieja, librándose, en su caso, el oportuno mandamiento a fin de que se dejan sin efecto las anotaciones preventivas que motivó la presente ejecución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Californiusa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.351/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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