Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
15-08-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130815-13

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

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Procedimiento 987 de 2012

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos número 987 de 2012 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 366 de 2013

En Madrid, a 16 de julio de 2013.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de los de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 987 de 2012, sobre juicio verbal de relaciones paterno-filiales, promovido por doña Francisca Tangara Arroyo, representada por la procuradora doña Alicia Porta Campbell y asistida de la letrada doña María del Mar de Andrés Vázquez, contra don Ricardo Barba Barba, declarado en situación procesal de rebeldía, en base al siguiente

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora Porta Campbell, en nombre y representación de doña Francisca Tangara Arroyo, contra don Ricardo Barba Barba, debo declarar y declaro haber lugar a regular las relaciones de ambas partes con su hija menor de edad, Pamela Lucero Barba Tangara, acordando que quede bajo la custodia exclusiva de su madre, quien igualmente ejercerá de forma exclusiva la patria potestad sobre ella, pudiendo adoptar por sí sola cualquier decisión relativa a la menor (viajes al extranjero, país y lugar de residencia, educación, formación, tratamiento e intervenciones médicas y quirúrgicas y cualesquiera otras), sin que se establezca régimen de visitas alguno entre la menor y el demandado, y sin que proceda fijar pensión de alimentos a cargo del demandado para las dos hijas de las partes.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días, previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina Judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado don Ricardo Barba Barba, en paradero desconocido, expido y firmo el presente en Madrid, a 16 de julio de 2013.—El secretario (firmado).

(03/25.509/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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