Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130814-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COBEÑA

OTROS ANUNCIOS

37
Declarar residuos sólidos urbanos los vehículos

Por medio del presente edicto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a dar cuenta de la resolución 333/2013, dictada por la Alcaldía en fecha de 24 de julio de 2013, que a continuación se transcribe en su parte dispositiva:

«Primero.—Declarar como residuos sólidos urbanos los vehículos que a continuación se indican, y procédase a incoar los correspondientes procedimientos sancionadores:

— Camión “Daf”, modelo FT-CT 85-430, matrícula 4440CKR, a nombre de don Melchor Hernán Lucendo, con domicilio en la calle Cervantes, número 10, 46340 Requena (Valencia), expediente 17/2011.

— Turismo “Nissan”, modelo 100 NX, matrícula 6160CPG, a nombre de “People Car, Sociedad Limitada”, con domicilio en la calle Alonso Núñez, nave 1-28, 28039 Madrid (Madrid), expediente 19/2011.

— Motocicleta, modelo Monkey Bikes MB 250 ÑZ, matrícula 8142GBG, a nombre de don Agustín Martínez Huertos, con domicilio en la calle Covachuelas, número 12, 28863 Cobeña (Madrid), expediente 27/2011.

— Turismo “Opel”, modelo Vectra, matrícula XZ-2173, a nombre desconocido y sin domicilio, expediente 01/2011.

— Camión “Iveco”, modelo 35-10.1, matrícula M-0082-TM, a nombre de “Cortes y Transformados Siderúrgicos”, con domicilio en la calle Cobre, número 4, 28500 Arganda del Rey (Madrid), expediente 16/2012.

Segundo.—Notificar a los titulares de los vehículos que han sido declarados residuos sólidos urbanos, que se va a proceder a su tratamiento como tal, advirtiéndoles de que de no proceder a la retirada del vehículo en un mes se procederá a ordenar el traslado de los mismos a un centro autorizado de tratamiento de vehículos. Dicha notificación se realizará mediante la publicación de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de edictos de los Ayuntamientos donde tengan su último domicilio conocido, empezando a contar el plazo a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Transcurrido dicho período sin haber sido retirados, entregar los residuos a un centro autorizado de tratamiento para su descontaminación, instando al centro para que de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, y el artículo segundo de la Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la que se regula la Baja Electrónica de los Vehículos Descontaminados al Final de su Vida, emita:

— Certificado de destrucción.

— Tramite baja electrónica definitiva del vehículo en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico».

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el alcalde de este Ayuntamiento de Cobeña, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Cobeña, a 24 de julio de 2013.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.

(02/5.612/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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