Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130814-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

118
Ejecución 189 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 189 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Mar García García y doña Ana García Hernández, frente a “Trimarán Bulevares, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Examinado de hecho el auto de ejecución, se aprecia la necesidad de aclararlo en el sentido que a continuación se dice:

El hecho primero debe ser del siguiente tenor literal:

«Primero.—El presente procedimiento seguido entre las partes: de una, y como demandante, doña María del Mar García García y doña Ana García Hernández, y de otra, como demandada, “Trimarán Bulevares, Sociedad Limitada”, consta sentencia de fecha 18 de junio de 2012, cuyo contenido se da por reproducido.»

La parte dispositiva debe ser del siguiente tenor literal:

«Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María del Mar García García y doña Ana García Hernández, frente a la demandada “Trimarán Bulevares, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 11.201,02 euros, más 672 euros y 1.120 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.»

Examinado de hecho el decreto de insolvencia, se aprecia la necesidad de aclararlo en el sentido que a continuación se dice:

El encabezamiento debe tener el siguiente tenor literal: “Ejecutantes: doña María del Mar García García y doña Ana García Hernández”.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Trimarán Bulevares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.224/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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