Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
13-08-2013

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130813-61

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Procedimiento 138 de 2010

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

Doña Beatriz Crespo Marqués, secretaria judicial de la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia.

Que en la cuestión de ilegalidad número 227 de 2012 del procedimiento ordinario número 138 de 2010 planteada por el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 22 de Madrid se ha dictado sentencia del siguiente tenor literal:

Sentencia número 401

Ilustrísimos señores: presidente, don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, y magistrados, don José Daniel Sanz Heredero, doña Elvira Adoración Rodríguez Martí, don Miguel Ángel García Alonso, y doña Fátima Blanca de la Cruz Mera.—En Madrid, a 27 de marzo de 2013.

Vistos por la Sala, constituida por los señores citados, de este Tribunal Superior de Justicia los autos del procedimiento de cuestión de ilegalidad número 227 de 2012, formulada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 22 de Madrid, liquidación practicada por el Ayuntamiento de Algete por el ejercicio 2007 en cuantía de 41.702 euros en concepto de tasa de ocupación de subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública de empresas explotadoras de servicios de telefonía móviles. Con fecha 13 de octubre de 2011 se dictó sentencia estimatoria de las pretensiones, y una vez firme, se dictó el auto previsto en el artículo 123.1 de la Ley 29 /1998 planteando cuestión de ilegalidad ante este Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Han sido partes la mercantil “Telefónica Móviles de España, Sociedad Anónima Unipersonal”, estando representada la procuradora doña María del Carmen Ortiz Córnago, así como el Ayuntamiento de Algete, estando representado por el letrado consistorial.

Fallamos

Que estimamos la cuestión de ilegalidad planteada por el magistrado-juez de lo contencioso-administrativo del número 22 de Madrid, tras resolver el recurso contencioso-administrativo número 138 de 2010, y en consecuencia, anulamos el artículo 4 de la ordenanza reguladora de la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Algete para el año 2007. No se hace pronunciamiento alguno respecto de las costas procesales. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 107.2 del mismo texto legal, firme que sea la presente resolución publíquese en el plazo de diez días en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de casación, ante el Tribunal Supremo, que se deberá preparar ante esta Sala en el plazo de diez días a partir de su notificación, previa constitución del depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso. Dicho deposito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de esta Sección, número 2612 “Banesto”, especificando en el campo “Concepto” “Recurso 24 Contencioso-Casación” (50 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los dieciséis dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio). En su momento, devuélvase el expediente administrativo al departamento de su procedencia, con certificación de esta resolución.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo que se anuncia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, expido la presente.

En Madrid, a 12 de julio de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/25.336/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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