Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
13-08-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130813-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 6

94
Divorcio contencioso 749 de 2008

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de divorcio contencioso número 749 de 2008 se ha dictado resolución, cuyo extracto es el siguiente:

Sentencia número 38

En Getafe, a 21 de marzo de 2013.—La señora doña Gemma Dolores Solé Mora, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de los de esta ciudad, habiendo visto los precedentes autos de divorcio seguidos con el número 749 de 2008, a instancias de doña Cristina Corpa Santos, representada por la procuradora doña María del Carmen Aguado Ortega, contra don Jonathan Alejandro Sarmiento Martínez, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda de divorcio presentada, declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído por doña Cristina Corpa Santos y don Jonathan Alejandro Sarmiento Martínez.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días ante la Audiencia Provincial de Madrid, y firme que sea comuníquese al encargado del Registro Civil donde conste el matrimonio de los litigantes, sin hacer expreso pronunciamiento en materia de costas.

Así por esta mi sentencia, de la que se extenderá certificación en los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—En la misma fecha yo, el secretario, doy fe de su publicación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jonathan Alejandro Sarmiento Martínez, con número de identificación de extranjería X-4976067-V, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Getafe, a 28 de junio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/5.701/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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