Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130812-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92

91
Juicio verbal 1.322 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal número 1.322 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 8 de mayo de 2013.—Vistos por la ilustrísima señora doña María del Mar Ilundain Minondo, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 92 de Madrid, los autos de juicio verbal número 1.322 de 2012, promovidos por el Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el abogado del Estado, contra la entidad aseguradora “Mutua MMT Seguros, Sociedad Mutua de Seguros a Prima Fija”, representada por la procuradora doña María Gemma Fernández Saavedra, con la dirección del letrado don Juan María Peña Lasso, y contra don Robert Camilo Risco Blas.

Fallo

Que estimo la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros ycondeno a don Robert Camilo Risco Blas a pagar la cantidad de 5.319,28,46 euros, más los intereses legales desde la presentación de la demanda, absolviendo a “Mutua MMT”.

Condenando a don Robert Camilo Risco Blas al pago de las costas, salvo las causadas por la aseguradora absuelta, que se imponen al Consorcio de Compensación de Seguros.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágase saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días para su notificación, por el trámite previsto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Robert Camilo Risco Blas, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 21 de junio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/5.496/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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