Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
10-08-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130810-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

127
Ejecución 166 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 166 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Herrero Muñoz, frente a “Arterótulo Luminosos, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 8 de julio de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 16.991,52 euros de principal y 1.699,15 euros calculados de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Arterótulo Luminosos, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago, con el siguiente desglose del principal: 11.378,25 euros corresponden en concepto de indemnización y 5.613,27 euros en concepto de salarios de tramitación.

Asimismo, hágase entrega de certificación de la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2851/0000/64/0166/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Arterótulo Luminosos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.886/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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