Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
10-08-2013

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130810-11

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Procedimiento 1.148 de 2007

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera

EDICTO

En el procedimiento ordinario 1.148 de 2007, seguido a instancias de CODA-Ecologistas en Acción, con procuradora doña María Mercedes Romero González, contra Comunidad de Madrid, con letrado de la Comunidad de Madrid; “Alcántara Natura 21, Sociedad Anónima Unipersonal”, con procuradora doña Sara Díaz Pardeiro, y Ayuntamiento de Alcalá de Henares, con procurador don Carlos Mairata Laviña, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

Tribunal Supremo, Sala de lo contencioso-administrativo (Sección Quinta), excelentísimos señores: presidente, don Mariano de Oro-Pulido y López, y magistrados, don Rafael Fernández Valverde, don Eduardo Calvo Rojas, doña María Pilar Teso Gamella y don Jesús Ernesto Peces Morate.—En Madrid, a 20 de marzo de 2013.

Visto por la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo el recurso de casación número 333 de 2010 interpuesto por la asociación CODA-Ecologistas en Acción, representada por la procuradora doña María Mercedes Romero González y asistida de letrado, y promovido contra la sentencia dictada el día 16 de octubre de 2009 por la Sección Primera de la Sala contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 1.148 de 2007, sobre aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares.

Ha sido parte recurrida la Comunidad de Madrid, representada por la letrada de sus Servicios Jurídicos; el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, representado por el procurador don Caros Mairata Laviña y asistido de letrado, y la entidad “Alcalá Natura 21, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Sara Díaz Pardeiro y asistida de letrado.

Fallamos

1.o Que debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso de casación interpuesto por la asociación CODA-Ecologistas en Acción, contra la sentencia dictada el día 16 de octubre de 2009 por la Sección Primera de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en recurso contencioso-administrativo número 1.148 de 2007, sobre aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares.

2.o Que debemos anular, y anulamos y casamos la citada sentencia.

3.o Que debemos estimar, y estimamos, el recurso contencioso-administrativo formulado por la asociación CODA-Ecologistas en Acción, contra el acuerdo de 27 de septiembre de 2007 del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares para la introducción, como uso tolerable, el Deportivo Grupo III, en una parte de la finca “El Encín”; acuerdo que anulamos por ser contrario al ordenamiento jurídico.

4.o No hacer expresa imposición de las costas causadas en la instancia y en casación.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Para conocimiento de las personas a cuyo favor pudieran derivarse derechos se hace saber que se ha dictado la anterior sentencia que se publica en el recurso contencioso número 1.148 de 2007, seguido en la Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Madrid, a 5 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.941/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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