Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
10-08-2013

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130810-10

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

OTROS ANUNCIOS

10
Notificación Balastegui, Manuel

Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, las notificaciones individuales en la forma prevista en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, de conformidad con lo previsto en el apartado 5 del mismo artículo y en el artículo 61 del citado texto legal, lo siguiente:

“Por la alcaldesa, en las fechas que se indican, se han dictado las siguientes resoluciones de declaración de responsabilidad e imposición de sanción por las infracciones que, asimismo, se indican.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14.2 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, haciendo constar que las presentes resoluciones ponen fin a la vía administrativa y podrán ser recurridas:

1.o Potestativamente, en reposición, ante la alcaldesa en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio. Si se interpone este recurso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta que este sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio. El plazo de resolución de este recurso es de un mes, transcurrido el cual se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará libre la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que este deba entenderse presuntamente desestimado.

2.o Directamente, mediante el recurso contencioso-administrativo, previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dentro de los dos meses siguientes a la publicación del presente anuncio, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, con sede en Gran Vía, número 19 (Madrid).

Asimismo, se informa de que la interposición del recurso indicado no suspende la ejecución del acto impugnado y que la no presentación del recurso o, en su caso, la presentación fuera de plazo, convierte la resolución en acto administrativo firme y definitivo.

Forma de pago: en efectivo, talón conformado o cheque bancario en la Tesorería del Ayuntamiento, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. Ingreso o transferencia en la cuenta de “Caja Madrid” 2038 2447 67 6000118408, enviando por fax justificante de ingreso, especificando el número de expediente al 918 562 132.

Pagos en período voluntario: notificaciones recibidas entre los días 1 a 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Las recibidas entre los días 16 al último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior.

Recargo de apremio (artículo 100 del Reglamento General de Recaudación): pasados dichos plazos sin haber hecho efectiva la deuda se exigirá el pago por la vía de apremio administrativo con el recargo del 20 por 100. El recargo será del 5 por 100 cuando la deuda tributaria se satisfaga antes de haber sido notificada la providencia de apremio (artículo 127 de la Ley General Tributaria).

Intereses de demora (artículos 128 y 58.2 de la Ley General Tributaria): el vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario determinará el devengo de interés de demora hasta la fecha de ingreso en el Tesoro de la deuda tributaria.

Número de expediente. — Fecha de finalización del expediente. — Norma infringida. — Responsable. — Calificación de la falta. — Sanción impuesta.

ES 4.2.56/12 (Id. 2012) . — 1 de julio de 2013. — Ordenanza reguladora de la tenencia de perros y otros animales domésticos. — Roberto Cuyati Molina. — Leve. — 250 euros.

ESV2013059 (Id. 2076) . — 6 de mayo de 2013. — Ordenanza reguladora de la tenencia de perros y otros animales domésticos. — José Ramón Vela Martín. — Leve. — 300 euros.

En Torrelodones, a 22 de julio de 2013.—La alcaldesa accidental, Raquel Fernández Benito.

(02/5.565/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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