Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2013

Sección 1.4.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130807-43

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2013, por la que se declara procedente el desalojo de la casa número 6 de la Residencia de Profesores de la Universidad Complutense de Madrid, sita en la calle Ibáñez Martín, de Madrid.

Resolución del procedimiento de desalojo de la casa número 6, de la Residencia de Profesores de la Universidad Complutense de Madrid, sita en la calle Ibáñez Martín, de Madrid.

HECHOS

I. El día 12 de noviembre de 1991, don Gregorio León León, que venía ocupando la vivienda descrita en el encabezado de esta Resolución, se acoge al sistema de jubilación forzosa, dejando de prestar los servicios que, con la categoría de ordenanza, venía desempeñando en esta Universidad.

II. Mediante Resolución de 24 de mayo de 2005 se inicia el procedimiento de desalojo de la vivienda anteriormente descrita, concediéndose un plazo de diez días naturales a don Gregorio León León para que alegue lo que a su derecho convenga.

III. Con fecha de entrada en el Registro General de la Universidad Complutense de Madrid de 17 de junio de 2005, el señor León León presenta escrito de alegaciones.

IV. Mediante Resolución de 23 de septiembre de 2005, el Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid acuerda “declarar procedente el desalojo de la Casa número 6, de la Residencia de Profesores de la Universidad Complutense de Madrid, sita en la calle Ibáñez Martín, de Madrid, concediendo de plazo hasta el día 31 de julio de 2006 para que don Gregorio León León desaloje voluntariamente dicha vivienda, entregando las llaves en el Servicio de Acción Social, calle Obispo Trejo, sin número (Instalaciones Deportivas Zona Sur)”.

V. Mediante Resolución de 30 de octubre de 2006, el Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid, atendiendo a las especiales circunstancias concurrentes en el presente caso concede al señor León León una prórroga en cuanto a la ocupación de la vivienda anteriormente descrita, hasta el día 31 de julio de 2007.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único

El Reglamento sobre Régimen Jurídico de la Adjudicación y Uso de las Viviendas por el Personal No Docente, en los Centros Universitarios de la Universidad Complutense, aprobado por la Junta de Gobierno en su sesión del día 4 de diciembre de 1986, dispone en su artículo 19.a) que dicho derecho se extingue “por el fallecimiento del titular, en cuyo caso se concederá a los familiares un plazo de seis meses para abandonar la vivienda, sin que se pueda invocar derecho alguno a seguir ocupándola. El plazo de desalojo se reducirá a dos meses en el supuesto de que no conviviera con el adjudicatario ningún familiar directo”.

Habiendo transcurrido sobradamente los plazos reglamentarios, e incluso el de la prórroga concedida por esta Universidad, e incluso, teniendo conocimiento de que hace años que el señor León León, no reside en la citada vivienda, y no presentado título jurídico alguno que le habilite para permanecer en la misma, este Rectorado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del citado Reglamento que dispone que “terminados los plazos reglamentarios y las prórrogas que hayan sido concedidas sin desalojar la vivienda, la Gerencia de la Universidad dictará la resolución oportuna en relación con la procedencia del desahucio forzoso”,

HA RESUELTO

1.o Declarar procedente el desalojo de la casa número 6, de la Residencia de Profesores de la Universidad Complutense de Madrid, sita en la calle Ibáñez Martín, de Madrid, concediendo de plazo hasta el día 1 de julio de 2013 para que don Gregorio León León desaloje voluntariamente dicha vivienda, entregando las llaves en el Servicio de Acción Social, calle Obispo Trejo, sin número (Instalaciones Deportivas Zona Sur).

2.o De no verificarse dicho desalojo en el plazo previsto en el número anterior, se ejecutará el lanzamiento por las personas designadas al efecto por este Rectorado, recabándose, en caso de imposibilidad, el auxilio de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a efectos de llevar a cabo la ejecución subsidiaria forzosa de la presente Resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 8.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Madrid, a 16 de mayo de 2013.—El Rector, PD (Decreto Rectoral 57/2011, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de julio de 2011), la Gerente Begoña Aísa Peinó.

(01/2.284/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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