Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130807-257

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 3

257
Procedimiento 1.017 de 2011

EDICTO

Don Donato Alférez Moral, secretario del Juzgado de lo social número 3 de Almería y su provincia.

Por medio del presente edicto hace saber: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el número 1.017 de 2011 aparece dictada sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como sigue:

Sentencia número 238

En Almería, a 10 de mayo de 2013.—Visto por mí, ilustrísimo señor don Juan Carlos Aparicio Tobaruela, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de los de esta ciudad y su provincia, el juicio promovido sobre reclamación de cantidad por don Carlos Cervilla Castillo, frente a “Pimiento Verde Beach, Sociedad Limitada”.

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por don Carlos Cervilla Castillo, debo condenar y condeno a la empresa “Pimiento Verde Beach, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cantidad de 3.008,45 euros, más el 10 por 100 de interés anual en concepto de indemnización por mora.

Notifíquese a las partes la presente resolución, indicándoseles que no es firme y haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo social en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente sentencia, siendo indispensable que hasta el momento de formalizar la suplicación, si es la parte demandada quien lo interpone, acredite haber consignado 300 euros en “Banesto”, sito en el paseo de Almería, oficina 3085, cuenta corriente número 0238000036101711. Asimismo, acredite haber consignado en la referida entidad bancaria, en la cuenta corriente número 0238000036101711 la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse esta última consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que conste y sirva de notificación de la sentencia a la demandada “Pimiento Verde Beach, Sociedad Limitada”, que se encuentra actualmente en ignorado paradero, y que tuvo su último domicilio conocido en Guadalix de la Sierra (Madrid), calle Isaac Albéniz, número 15, expido el presente en Almería, a 8 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.394/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130807-257