Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130806-170

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

170
Procedimiento 624 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 624 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Río Sánchez, frente a “Viajes Ibérica, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre monitorio, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Mercedes Llopis Lucas.—En Madrid, a 17 de mayo de 2013.

Con la anterior solicitud y documentación que se acompaña, en concreto copia del contrato, recibos de salarios, comunicación empresarial o reconocimiento de deuda, certificado o documento de cotización o informe de vida laboral, u otros documentos análogos de los que resulte un principio de prueba de la relación laboral y de la cuantía de la deuda, así como documentación justificativa de haber intentado la previa conciliación o mediación cuando estas sean exigibles de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, en reclamación de 1.086,75 euros, acuerdo:

1. Registrar y formar autos de proceso monitorio que se sustanciará la petición por los trámites previstos en el artículo 101 de la citada Ley.

2. Requerir a “Viajes Ibérica, Sociedad Anónima Unipersonal”, para que en el plazo de diez días abone la cantidad de 1.086,75 euros, pudiendo realizar el pago mediante la consignación en la cuenta de este Juzgado en la entidad “Banesto”, o alegue sucintamente, en escrito de oposición, las razones por las que a su entender no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada, con apercibimiento de que de no pagar la cantidad reclamada o de que de no comparecer alegando las razones de la negativa al pago se despachará ejecución contra ella.

Dese traslado al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de veinte días alegue lo que a su derecho convenga.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Viajes Ibérica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.276/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130806-170