Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2013

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130806-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

OTROS ANUNCIOS

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Valoración y procedimiento de enajenación mediante subasta

Intentada por dos veces la notificación a la interesada “Cota Cero Arquitectura Urbana, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-82948365, se pone de manifiesto para su conocimiento que los Servicios Municipales de Recaudación han adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar la valoración practicada sobre el bien inmueble embargado y, dado que no existen cargas ni gravámenes de carácter real, señalar como tipo de licitación la cantidad de 450.583,80 euros.

Segundo.—Proceder a la enajenación mediante subasta del bien: finca urbana ubicada en la carretera de Mataelpino-Moralzarzal, número 23, y con referencia catastral 9686406VL1098N0001DI, inscrita en el Registro de la Propiedad de Moralzarzal como finca registral al libro 106, tomo 955, folio 115, respecto de los cuales el deudor don Vicente del Castillo Rodríguez ostenta el derecho de propiedad en pleno dominio por adjudicación en pago de gananciales, legado y herencia con carácter privativo, embargados en dicho procedimiento, para cuyo acto se señala el día 4 de septiembre de 2013, a las doce horas, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra.

La presente notificación se practica a efectos de cumplimiento de cuanto señala el artículo 101.2 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, advirtiéndole, asimismo, que en cualquier momento anterior al de la adjudicación del bien embargado podrá ser liberado este mediante el pago de las cantidades establecidas en el artículo 169.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Contra la presente notificación a la interesada, en virtud del artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, podrá usted interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el tesorero. La interposición de este recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes, con la excepción de lo establecido en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.

Igualmente, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, o al de la recepción de la resolución del recurso de reposición, si esta fuera expresa, o en los seis meses siguientes al de su interposición, si no recayera resolución expresa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pueda estimar como más pertinente a su derecho.

En Becerril de la Sierra, a 19 de junio de 2013.—El alcalde, José Conesa López.

(02/4.855/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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