Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
03-08-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130803-76

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

76
Procedimiento ordinario 1.087 de 2012

EDICTO

Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.087 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ernesto Rodríguez Prieto, frente a “Compra y Venta de Vehículos de Ocasión Autos PT 15, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 148 de 2013

En Madrid, a 16 de abril de 2013.—Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 35, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número 1.087 de 2012, seguidos a instancia de don Ernesto Rodríguez Prieto, asistido de letrado don Luis G. Soto Escandón, contra “Compra y Venta de Vehículos de Ocasión Autos PT 15, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron al acto de juicio, sobre reclamación de cantidad, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Visto los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando como estimo en parte la demanda de cantidad formulada por don Ernesto Rodríguez Prieto, contra “Compra y Venta Vehículos de Ocasión Autos PT 15, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la demandada al pago al actor de 9.000,28 euros, que se incrementarán en un 10 por 100 de mora.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2808/0000/60/1087/12 del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se advierte a las partes, que conforme a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de noviembre de 2012), y orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 15 de diciembre de 2012), modificada por Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de febrero de 2013), con el escrito de interposición del recurso de suplicación, deberá adjuntar la incorporación del modelo de autoliquidación modelo 696 conforme al artículo 12 de la citada orden y que de no verificarlo, no se dará curso al escrito hasta que tal omisión fuese subsanada. La ausencia de subsanación de esta deficiencia no impedirá la aplicación de los plazos establecidos en la legislación procesal, de manera que dará lugar a la preclusión del acto procesal y a la consiguiente continuación o finalización del procedimiento, según proceda.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Compra y Venta de Vehículos de Ocasión Autos PT 15, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.786/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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