Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130729-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

135
Ejecución 19 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 19 de 2013 (demanda número 350 de 2011) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diosnel Vera Ledezma, frente a “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Rehabilitaciones Enypu, Sociedad Limitada” sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 1.223,04 euros de principal, 122,30 euros de intereses y 122,30 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Rehabilitaciones Enypu, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Rehabilitaciones Enypu, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.115/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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