Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130724-102

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

102
Ejecución 41 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 41 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Jesús Martínez de la Casa Morón, frente a “Clamen, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado decreto y diligencia de ordenación de fecha 24 de junio de 2013, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Clamen, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 34.804,11 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración firme de insolvencia de la ejecutada, se hará constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de revisión, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante, previa su solicitud, para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así por este decreto, lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Por recibidas devuelta la diligencia de notificación del Servicio Común de Actos de Comunicaciones y ejecución de Madrid en fecha 24 de junio de 2013 y la consulta domiciliaria realizada a través del Punto Neutro Judicial de la ejecutada, se unen a los autos de su razón, y acuerdo:

Siendo negativa la diligencia de notificación a la ejecutada y consultado el domicilio de la misma por medio del Punto Neutro Judicial, consta el mismo en el que se han intentado practicar las diligencias anteriores y que siempre resultaron positivas, consultada la base de datos del Registro Mercantil Central, el domicilio que consta en dicho registro es del mismo en el que se ha intentado practicar la diligencia de notificación con el resultado negativo que obra en las actuaciones y desconociéndose otro domicilio en el que poder practicar la diligencia de notificación a “Clamen, Sociedad Anónima”, procédase a notificar conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva incidente, o cuanto se trate de emplazamiento.

No constando en las actuaciones la notificación del decreto de insolvencia de fecha 24 de abril de 2013 a las empresa ejecutada, se procede a su notificación conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Clamen, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.691/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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