Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130724-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3

93
Juicio de faltas 41 de 2013

EDICTO

Doña María José Moraleja León, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 41 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Leganés, a 31 de enero de 2013.—Don Jorge Moreno González, magistrado-juez de instrucción, habiendo visto el juicio de faltas número 41 de 2013, incoado en virtud de una presunta falta de hurto, teniendo la condición de denunciante don Javier Novillo Pérez y el establecimiento “C & A”, con domicilio a efectos de notificaciones en la avenida de Gran Bretaña, sin número, de Leganés (centro comercial “Parque Sur”), y de denunciado don Nourdine Sabih, con la presencia del ministerio fiscal, y en el ejercicio de las potestades que le confieren la Constitución y las Leyes de España dicta la presente resolución, que se basa en el siguiente

Fallo

Condeno a don Nourdine Sabih, como autor de una falta de hurto, sin que concurra circunstancia alguna que, ya fuese por incidir en la antijuricidad del hecho o culpabilidad del autor, pueda modificar la responsabilidad criminal, imponiéndose la pena de treinta días de multa, a razón de 2 euros diarios, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, más las costas.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Nourdine Sabih la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Leganés, a 24 de junio de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/22.536/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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