Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2013

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130722-56

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

RÉGIMEN ECONÓMICO

56
Aprobación modificación precios públicos actividades culturales

La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en su sesión de 21 de junio de 2013, acordó aprobar la modificación de los precios públicos correspondientes a la promoción de actividades culturales, quedando como se indican a continuación:

ORDENANZA NÚMERO 29, PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES

Artículo 1. Concepto.—De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación de servicios para la promoción de actividades de teatro, danza, manualidades, cerámica, dibujo, pintura, corte y confección, inglés, francés y otras actividades análogas, que se regirá por la presente ordenanza.

Art. 2. Obligados al pago.—Están obligados al pago del precio público regulado en esta ordenanza quienes se beneficien de los servicios o actividades prestadas o realizados por este Ayuntamiento, a que se refiere el artículo anterior.

Art. 3. Cuantía.—Todas las tarifas que se relacionan llevan incluido, en su caso, el IVA legalmente establecido.

Se considerarán precios públicos infantiles los dedicados a los niños de hasta 14 años y de adultos a partir de los 15 años cumplidos.

Las tarifas siguientes son relativas a precio público por alumno/as mes.

Talleres municipales:

— Matrícula del curso: existirá una única matrícula para la realización de los talleres municipales de la Casa de Cultura, independientemente del número de talleres a los que se inscriba. El importe de esta matrícula será de 7,00 euros.

No se devolverá el importe de matrícula alguna salvo error administrativo.

El pago de la matrícula se hará con el primer recibo que se gire.



A partir de los quince años de edad los alumnos abonarán las clases a precio de nivel adulto.

Escuela de Música y Danza:

— Matrícula del curso: existirá una única matrícula para la realización de las actividades de la Escuela Municipal de Música y Danza, independientemente del número de actividades a las que se inscriba. El importe de esta matrícula será de 7,00 euros.

No se devolverá el importe de matrícula alguna salvo error administrativo.

El pago de la matrícula se hará con el primer recibo que se gire.



A partir de los quince años de edad los alumnos abonarán las clases a precio de nivel adulto.

Bonificaciones: no se concederán bonificaciones distintas de las que a continuación se detallan, que será exclusivamente para empadronados en Mejorada del Campo y que se realizarán en los Talleres Municipales de la Casa de Cultura y en las actividades de la Escuela Municipal de Música y Danza.

Estas bonificaciones no serán acumulables entre sí.

El 25 por 100 a miembros de familia numerosa. Para hacer efectiva esta bonificación tendrá que presentar certificado de empadronamiento de la unidad familiar y carné oficial de familia numerosa en vigor.

Por promoción cultural: cuando dentro de una unidad familiar existieran tres inscripciones para Talleres Municipales o tres inscripciones para las actividades de la Escuela Municipal de Música y Danza la mensualidad de una cuarta o sucesivas actividades de cualquier miembro de la familia será del 25 por 100. Para hacer efectiva esta bonificación tendrá que presentar certificado de empadronamiento de la unidad familiar y fotocopia del libro de familia.

Logopedia y psicología:

a) Evaluación y/o diagnóstico psicológico: 36,50 euros.

b) Sesiones, de 45 minutos y en grupo de cuatro pacientes como máximo:

— Una sesión/semanal: 32,00 euros.

— Dos sesiones/semanales: 60,00 euros.

— Tres sesiones/semanales: 88,50 euros.

— Cuatro sesiones/semanales: 118,00 euros.

— Cinco sesiones/semanales: 146,00 euros.

c) Una sesión de psicología clínica de cincuenta minutos: 36,50 euros.

Escuela de adultos (pagos en concepto de material por año):

— Nivel I y II enseñanzas iniciales: 15,00 euros.

— Nivel I y II enseñanza secundaria obligatoria: 22,00 euros.

— Español para inmigrantes: 15,00 euros.

— Enseñanzas para el desarrollo personal y la participación: aprendizaje de idiomas, aprendizaje informático y ampliación cultural: 22,00 euros.

— Curso de preparación a las pruebas libres: 22,00 euros.

Entradas al teatro:

— Obras infantiles campaña escolar: 5,00 euros.

Obras primera categoría:

— Entradas adultos: 11,00 euros.

— Entradas infantil, jubilados y carné joven: 6,00 euros.

Obras segunda categoría:

— Entradas adultos: 7,00 euros.

— Entradas infantil, jubilados y carné joven: 5,00 euros.

Otras obras:

— Entradas adultos: a determinar según espectáculo.

— Entradas infantil, jubilados y carné joven: a determinar según espectáculo.

Entradas al cine:

— Entrada adulto: 7,00 euros.

— Entrada infantil, jubilados, carné joven: 5,00 euros.

Campamentos urbanos: los campamentos urbanos que se realizan en vacaciones escolares (Semana Santa y Navidad), y que incluyen desayuno, comida y merienda, el precio de la actividad será de 17,00 euros/día.

Visitas a museos: pago en concepto de inscripción a esta actividad: 3,50 euros.

Uso del salón de actos de la Casa de la Cultura:

1. Uso del salón de actos de la Casa de la Cultura en fines de semana y festivos. Se cobrará un precio público de 367,50 euros por evento, correspondiente a los gastos de conserjería, servicio técnico del salón y material a utilizar.

2. Uso del salón de actos de la Casa de Cultura en días laborables. Se cobrará un precio público de 263,50 euros por evento, correspondiente a los gastos del servicio técnico del salón y material a utilizar.

Obligados al pago: están obligados a este pago las personas particulares, asociaciones o entidades y partidos políticos.

Exenciones: estarán exentos de este precio público los centros educativos locales, las asociaciones de padres y madres de alumnos/as de los centros educativos de la localidad y los partidos políticos cuando los actos se desarrollen en campaña electoral.

Uso auditorio municipal plaza Casa Grande:

1. Uso del auditorio municipal situado en la plaza Casa Grande, número 4, sin técnico de iluminación y sonido. Se cobrará un precio público de 62,00 euros por día.

2. Uso del auditorio municipal situado en la plaza Casa Grande, número 4, con técnico de iluminación y sonido. Se cobrará un precio público de 122,50 euros por día.

Obligados al pago: están obligados a este pago las personas particulares, asociaciones o entidades y partidos políticos.

Exenciones: estarán exentos de este precio público los centros educativos locales, las asociaciones de padres y madres de alumnos/as de los centros educativos de la localidad y los partidos políticos cuando los actos se desarrollen en campaña electoral.

Art. 4. Obligación al pago.—1. La obligación del pago del precio público regulado en esta ordenanza nace en el momento en que preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificadas en el apartado 2 del artículo anterior, cuyo pago podrá exigirse en régimen de autoliquidación.

2. El pago de dicho precio público se efectuará en el momento de la inscripción y los sucesivos pagos mensuales en los 5 primeros días anteriores de cada mes natural correspondiente.

3. Las deudas por este precio público podrán exigirse mediante el procedimiento administrativo de apremio cuando hayan transcurrido dos meses desde su vencimiento en período voluntario.

4. El impago de dos o más recibos correspondientes a una o a varias actividades dará lugar a la imposibilidad de continuar en las mismas, salvo pago del importe de la totalidad de la deuda, incluidos los gastos bancarios generados por la devolución de los recibos domiciliados.

5. En caso de impago o devolución del importe correspondiente a la matrícula o a la cuota se producirá la baja del usuario, previo informe de los servicios municipales de cultura, en el que se acredite la no asistencia efectiva a ninguna actividad; en caso contrario se iniciará el procedimiento de apremio para la totalidad de los débitos impagados, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior.

6. Si el usuario desea causar baja voluntariamente de la actividad deberá comunicarlo por escrito en las oficinas de la Concejalía de Educación y Cultura, antes del 20 del mes en curso, para no pagar la cuota del mes siguiente. Podrán presentar la baja directamente en la oficina, por fax o por correo electrónico.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

La vigencia de los precios establecidos en el artículo 3 será la de una temporada, entendiendo por tal el período comprendido entre el 1 de septiembre de un año y el 31 de julio del año siguiente. Si antes del comienzo de cada temporada no se adoptase acuerdo expreso de fijación de tarifas por el órgano competente del Ayuntamiento de Mejorada del Campo las mismas se entenderán prorrogadas por una nueva temporada.

No obstante se estará a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza fue modificada por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 21 de junio de 2013, y entrará en vigor el día siguiente de su aprobación, y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

En Mejorada del Campo, a 25 de junio de 2013.—La alcaldesa, Cristina Carrascosa Serrano.

(03/23.343/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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