Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
13-07-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130713-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

100
Ejecución 211 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 211 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Afkir El Hassan, frente a “Contru-Total MA 2010, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Afkir El Hassan, frente a la demandada “Contru-Total MA 2010, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 1.320 euros (1.200 euros más el 10 por 100 de interés por mora), más 150 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2850/0000/64/0211/13.

Realizada consulta integral del patrimonio de la demandada se ha visto que la misma es negativa, constando que la empresa se encuentra de baja desde el día 19 de marzo de 2012.

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de quince días puedan instar las diligencias que a su derecho convenga y designar bienes de la deudora que les consten, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2850/0000/64/0211/13.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Contru-Total MA 2010, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 10 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.155/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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