Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
13-07-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130713-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

80
Ejecución 61 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 61 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Arozamena López, frente a “Promotora Nájera, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la resolución de fecha 13 de junio de 2013 siguiente:

Parte dispositiva:

Se adjudican al ejecutante, por la cantidad de 5.700 euros cada uno de ellos, los bienes reseñados en el segundo antecedente de hecho de esta resolución, que son los siguientes:

a) Plaza de garaje sita en la finca de la calle Gaviota, número 35, de Madrid. Finca registral número 40.100 del Registro de la Propiedad número 31 de Madrid, al tomo 3.143, libro 3.143, folio 195.

b) Plaza de garaje sita en la finca de la calle Gaviota, número 35, de Madrid. Finca registral número 40.102 del Registro de la Propiedad número 31 de Madrid, al tomo 3.143, libro 3.143, folio 197.

Procédase a expedir, una vez firme la presente resolución, testimonio de la misma, así como los oportunos mandamientos a fin de que sirva de título y liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y verificado, póngase al mismo en posesión de los bienes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Promotora Nájera, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.273/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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