Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2013

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130712-109

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

OTROS ANUNCIOS

109
Convocatoria juez de paz sustituto

Don Luis del Olmo Flórez, alcalde del Ayuntamiento de Nuevo Baztán (Madrid).

Hago saber a todos los vecinos la convocatoria pública para cubrir la vacante de juez de paz sustituto.

Podrán ser jueces de paz sustituto quienes, aun no siendo licenciados en Derecho, reúnan los siguientes requisitos:

— Ser españoles, mayores de edad y residentes en Nuevo Baztán.

— No estar impedidos física o psíquicamente para la función judicial.

— No haber sido condenado por delito o haber obtenido la rehabilitación.

— No haber sido procesado o inculpado por delito doloso en tanto no sea absuelto o se dicte auto de sobreseimiento.

— Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

— No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para el desempeño de funciones judiciales, previstas en los artículos 389-397 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Las instancias se presentarán en las dependencias municipales de este Ayuntamiento, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, y sábados de diez a trece horas.

Deberá acompañarse la siguiente documentación:

— Autorización para consultar si está empadronado en Nuevo Baztán.

— Fotocopia de DNI.

— Declaración jurada de reunir los requisitos para ser designado juez de paz.

— Certificado negativo de antecedentes penales reciente, del que no resulte vigente condena por delito doloso.

— Currículo personal, con descripción de las actividades que desarrolla, y de las cualificaciones profesionales y académicas que ostenta, y cualquier otro mérito que pudiera tenerse en cuenta, y específicamente los candidatos al formular su solicitud deberán informar sobre:

• Si están afiliados a algún partido político o trabajan para él.

• Si están afiliados a algún sindicato o trabajan para él.

• Si están colegiados como abogado o procurador ejercientes.

• Si son funcionarios o empleados de alguna Administración Pública.

En Nuevo Baztán, a 21 de junio de 2013.—El alcalde, Luis del Olmo Flórez.

(03/22.200/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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