Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130712-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Economía, Empleo y Participación Ciudadana

Dirección General de Comercio

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Notificación procedimientos sancionadores

Resolución de 25 de junio de 2013, del director general de Comercio y Desarrollo Económico del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, por la que se ordena la publicación de las resoluciones dictadas en procedimientos sancionadores por infracciones en materia de mercados.

Por el presente anuncio se notifica al interesado que se relaciona, las resoluciones dictadas en procedimientos sancionadores por infracciones en materia de mercados que a continuación se indican:

Expediente. — Interesado. — NIF o CIF. — Hecho tipificado. — Sanción propuesta. — Fecha del acto notificado. — Acto notificado

165/2012/00840. — I. B. B. — 250803399-X. — Disposición transitoria segunda de la Ordenanza de Mercados Municipales. — Declaración de vacante y desalojo. — 28 de mayo de 2013. — Resolución expediente sancionador.

Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta de que, habiendo sido intentada la notificación individual, no ha sido posible practicarla.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles de que los expedientes podrán ser consultados en la Dirección General de Comercio y Desarrollo Económico, sito en la calle Príncipe de Vergara, número 140, primera planta, de Madrid.

Contra las resoluciones de imposición de sanción por infracción de la normativa en materia de mercados que agotan la vía administrativa, podrán interponer recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el director general de Comercio y Desarrollo Económico o el delegado del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, según proceda, en el plazo de un mes, o ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. Contra las resoluciones de acuerdo de inicio y propuestas resoluciones del instructor, los interesados podrán formular alegaciones y proponer pruebas en el plazo de quince días. Todo ello a partir del día siguiente en que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de junio de 2013.—El director general de Comercio y Desarrollo Económico, Iñaki Ortega Cachón.

(02/5.040/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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