Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2013

Sección 1.4.110.32: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130711-38

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

REGISTRO TERRITORIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

38
RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2013, del Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda publicar la Resolución por la que se declara el decaimiento del derecho de posibles interesados a comparecer en determinados expedientes.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJPAC), se comunicó al posible interesado la presentación en este Registro Territorial de la solicitud de inscripción de derechos sobre la obra que se detalla en el Anexo, concediéndole un plazo de diez días hábiles para comparecer en el expediente, alegar y presentar los documentos y justificaciones que considerase pertinentes.

Habiendo transcurrido el plazo concedido al efecto sin que se hubiera personado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76.3 de la LRJPAC, se dictó la Resolución que se relaciona mediante la que se declara el decaimiento de su derecho al referido trámite.

Intentada sin efecto la notificación de dicha Resolución, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la LRJPAC.

Por todo ello, de conformidad con las funciones atribuidas a los Registros Territoriales por los artículos 145.2 del TRLPI y 3 del Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo (RRGPI),

RESUELVO

Publicar la Resolución de este Registro Territorial mediante la que se declara el decaimiento del derecho del posible interesado que se relaciona en el Anexo, al trámite de comparecer en el expediente detallado.

Lo que se notifica al interesado, indicándole:

a) A los posibles terceros interesados que contra dicha Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante el Registrador Territorial o la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente.

b) A los solicitantes que contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, no cabe recurso alguno, por tratarse de un acto de trámite, de acuerdo con lo establecido en el artículo 107.1 de la LRJPAC.

Madrid, a 31 de mayo de 2013.—El Registrador Territorial, Alejandro Puerto Mendoza.

ANEXO

Número de solicitud. — Fecha de presentación. — Título de la obra, actuación o producción. — Fecha de Resolución. — Posibles interesados en el expediente y/o solicitante

M-000403/2013. — 16 de enero de 2013. — Winerivers. — 9 de mayo de 2013. — Alfredo Fernández Méndez.

(03/22.430/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.32: I. COMUNIDAD DE MADRID

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