Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
10-07-2013

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130710-104

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

OFERTAS DE EMPLEO

104
Bases concurso-oposición una plaza coordinador jefe división laboral

Extracto de las bases específicas de selección para cubrir, por concurso-oposición por promoción interna, una plaza de coordinador jefe división PIMER, de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Pinto.

1. Objeto

Cubrir una plaza de coordinador jefe división PIMER a tiempo completo, de personal laboral fijo y dotado en plantilla con las siguientes retribuciones mensuales:

— Sueldo base: 965,49 euros.

— Plus específico: sin determinar.

— Plus de productividad: 693,55 euros.

En el plus específico tendrá que valorarse la disponibilidad y la dedicación exclusiva. En el catálogo de funciones del puesto de trabajo figura “Permanecer localizable y disponible durante, al menos, veinticuatro horas fuera de la jornada laboral, con objeto de mantener la operatividad mínima del servicio PIMER-Protección Civil”

2. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la condición de técnico auxiliar de emergencias, como personal fijo de plantilla del Ayuntamiento de Pinto (excluido el personal laboral indefinido no fijo) en el antiguo grupo D, actualmente grupo C, subgrupo C-2, a que hace referencia la disposición adicional séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril. Grupo de Seguridad Social 7.

b) Haber prestado servicios en dicha categoría como personal laboral fijo por un período mínimo de dos años.

c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente como Graduado Escolar, Bachiller Elemental y Formación Profesional de primer grado. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 17 de junio de 2009), modificada por la Orden EDU 520/2011, de 7 de marzo, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de Funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

La acreditación de los requisitos a) y b) se realizará mediante certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento de Pinto, previa solicitud del mismo en el departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pinto.

3. Sistema selectivo

Concurso-oposición por promoción interna.

1. La fase de oposición consistirá en la realización de un ejercicio.

Por el tribunal calificador se determinará el contenido y forma de este ejercicio, que podrá consistir en:

1. Contestación por escrito de un test de 20 preguntas sobre el temario que figura en el anexo I de la convocatoria en un tiempo de treinta minutos. No se computarán negativamente las preguntas mal contestadas o en blanco. Será calificado de 0 a 20 puntos.

El test se compondrá de 20 preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.

2. Desarrollo y resolución de un supuesto práctico, a escoger al azar por los opositores, entre dos propuestas del tribunal, relacionados con el temario que figura en el anexo I de la convocatoria y con una aplicación práctica en las funciones de la plaza objeto de la convocatoria. El tribunal señalará en el momento de proponer el ejercicio el tiempo máximo concedido para su resolución. Será calificado de 0 a 20 puntos.

Calificación: la puntuación final de la fase de oposición será la nota obtenida en el ejercicio que se realice, siendo necesario para aprobar un mínimo de 10 puntos, teniendo, por tanto, carácter eliminatorio.

2. La fase de concurso será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no se podrá tener en cuenta para superar la prueba de la fase de oposición. La puntuación será según lo determinado en la base 10 de las bases específicas.

4. Presentación de instancias

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en la Intranet del Ayuntamiento de Pinto, después de la publicación de estas bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición se extenderán en el impreso normalizado que será facilitado gratuitamente en el Servicio de Información del Ayuntamiento de Pinto. Dichas instancias también podrán obtenerse en la Intranet municipal del Ayuntamiento de Pinto.

Los documentos que deberán unirse a la solicitud son los que se establecen en las bases de esta convocatoria, tanto relativos a los méritos que se desea que se valoren en la fase de concurso como los relativos a la base cuarta, apartados a) y b).

5. Derechos de examen

Se fijan de manera general en la cantidad de 16,05 euros.

Existe aprobada una ordenanza de derechos de examen donde se determina que en los procesos de promoción interna la tasa será del 50 por 100.

El pago de los derechos de examen se realizará según se indica en la base 3.6 de las bases generales.

6. Sistema de anuncios

Se irán publicando independiente de donde proceda en la página web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

7. Tribunal calificador

Estará compuesto por los siguientes miembros:

— Presidente: un/a funcionario/a de carrera del grupo A del Ayuntamiento de Pinto o personal laboral fijo del grupo 1 de cotización, designado por la Alcaldía.

— Secretario: el/la secretario/a de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz y con voto.

— Vocales:

• Un/a funcionario/a o personal laboral de la Comunidad de Madrid del grupo A, subgrupo A-2, o del grupo C, subgrupo C-1, con conocimientos en el área de emergencias, designado por la Comunidad de Madrid.

• Dos empleados del Ayuntamiento de Pinto, designados por la Alcaldía.

Asimismo, podrán asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones que celebre el tribunal una persona designada por el comité de empresa.

8. Bases generales

Para todo lo que no esté previsto en las bases específicas serán de aplicación las bases generales aprobadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión ordinaria de 7 de agosto de 2006 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 217, de 12 de septiembre de 2006, así como la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la parte que puedan verse afectadas las bases generales.

Las bases íntegras, instancia y anexo I “Temario” se encuentran publicadas en la página web del Ayuntamiento de Pinto (www.ayto-pinto.es), en el tablón de anuncios y en la Intranet del Ayuntamiento de Pinto.

Pinto, a 27 de junio de 2013.—La alcaldesa-presidenta, Míriam Rabaneda Gudiel.

(02/4.922/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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