Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
10-07-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130710-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

145
Procedimiento 1.399 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.399 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel del Prado Calzado, frente a “TPG Talleres de Producción Gráfica, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento de impugnación de sanciones (artículos 114 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral), se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 189 de 2013

En Madrid, a 23 de mayo de 2013.—Vistos por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido por sanción, a instancias de don Ángel del Prado Calzado, frente a la empresa “TPG Talleres de Producción Gráfica, Sociedad Limitada”.

Fallo

Que estimando íntegramente las pretensiones de la demanda interpuesta por don Ángel del Prado Calzado, revoco totalmente y dejo sin efecto la sanción de seis días de suspensión de empleo y sueldo, por falta muy grave, objeto de este proceso y, en consecuencia, condeno a la empresa “TPG Talleres de Producción Gráfica, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por este pronunciamiento con todas las consecuencias legales inherentes al mismo, incluyendo expresamente la situación de alta del actor en la Seguridad Social durante los días a que se extendía la sanción y a abonar al actor la cantidad de 316,25 euros, más el interés legal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “TPG Talleres de Producción Gráfica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.821/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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