Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
10-07-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130710-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 27

126
Procedimiento 865 de 2010

EDICTO

En el procedimiento de familia exequátur número 865 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado la resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Dispongo: Que estimando la demanda de exequátur presentada por la procuradora doña Dolores Moreno Gómez, en nombre y representación de doña Mercedes Mesa Jiménez, debo declarar y declaro reconocida, válida y ejecutable en España la sentencia firme dictada en fecha 14 de julio de 2008 por la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de primera instancia del Distrito Nacional de la República Dominicana por la que se disuelve el matrimonio entre doña Mercedes Mesa Jiménez y don Guillermo Novas Reyes, contraído en fecha 28 de agosto de 2001 ante el oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana.

Contra este auto cabe recurso de apelación ante este mismo Juzgado, que se interpondrá dentro de los veinte días siguientes a su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 359 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente resolución a las partes, observando lo prevenido en le artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la disposición adicional decimoquinta introducida en virtud de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Guillermo Novas Reyes, que se halla en paradero desconocido.

En Madrid, a 10 de junio de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/20.558/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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