Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
09-07-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130709-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

188
Procedimiento 961 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 961 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Francisca Cardeñosa Romero, frente a don Javad Mozaffary Fagimi y “Post Courier, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 26 de junio de 2013.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que en fecha 6 de marzo de 2013 tiene entrada en Secretaría escrito de la parte actora ampliando la demanda.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 26 de junio de 2013.

Vista la anterior diligencia, se tiene por presentado el anterior escrito de la parte actora, por hechas la manifestaciones contenidas, únase a los autos de su razón y, a la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda en los términos formulados por la parte actora, y se acuerda señalar la vista para los actos de conciliación y, en su caso, juicio, para el día 16 de julio de 2013, a las once horas de su mañana, sirviendo la presente de citación en forma y haciendo saber a las partes que deberán comparecer con todos los medios de prueba de que intenten valerse.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo; doy fe.—El secretario judicial.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Javad Mozaffary Fagimi y “Post Courier, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de junio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/22.350/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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