Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
08-07-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130708-232

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TARRAGONA NÚMERO 3

232
Ejecución 116 de 2013

EDICTO

Doña Paloma de Diego Moreno, secretaria del Juzgado de lo social número 3 de Tarragona.

Hace saber: Que en este Juzgado se ha tramitado el expediente número 673 de 2012, ejecución número 116 de 2013, instado por don Said Ouikene, contra “Osign Gestión y Servicios, Sociedad Limitada”, en el cual se ha dictado en fecha 28 de mayo de 2013 auto extinguiendo la relación laboral, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Debo declarar y declaro extinguida la relación laboral entre el actor don Said Ouikene y la demandada “Osign Gestión y Servicios, Sociedad Limitada” (cédula de identificación fiscal número B-86444403), con obligación por parte de la empresa demandada de indemnizar al actor en la cantidad de 1.476,98 euros y 13.301,82 euros de salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia simple de la misma, advirtiéndoles que contra ella cabe recurso de reposición dentro del plazo de cinco días a partir del siguiente al de la notificación, ante este Juzgado.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Francisco Javier Sánchez Icart, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de Tarragona.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la ejecutada “Osign Gestión y Servicios, Sociedad Limitada” (cédula de identificación fiscal número B-86444403), expido el presente dado el ignorado paradero de la misma, haciéndole saber que la copia de la resolución está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.

Tarragona, a 29 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.214/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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