Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
06-07-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130706-34

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

34
Ejecución 104 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 104 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Belén Rubio Sacedo, doña Carmen Gálvez Pérez, don Ignacio Llorens Sevilla, doña Isabel Sánchez Gallego, don Jesús Martínez Pérez, don Jesús Alejandro Díez Herranz, doña Juventina Elez Pinilla, doña María de la Concepción Delgado Antón, don Pablo Palacios Delgado, doña Rosa María Balandín Lorenzo, don Saturnino Garnacho Gutiérrez y don Vicente Zárate Díaz Jorge, frente a “Vimatur, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 6 de junio de 2013 siguientes:

Dispongo: Despachar orden general de la ejecución número 104 de 2012 a favor de la parte ejecutante doña Ana Belén Rubio Sacedo y otros once, frente a “Vimatur, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por importe de 301.236,89 euros en concepto de principal, más otros 18.074,21 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 30.123,68 euros de las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y en orden al inicio de la presente, procédase a realizar consulta telemática a través del Punto Neutro Judicial sobre averiguación patrimonial de la empresa ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra este auto que resuelve la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada.

Así lo acuerda y firma su señoría don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Acuerdo: Acumular la presente ejecución a la ejecución número 38 de 2012, seguida en este Juzgado, ascendiendo el principal por el que se siguen ambas ejecuciones acumuladas a un total de 867.783,99 euros, más 52.067,03 euros de intereses y 86.778,39 euros de costas presupuestadas provisionalmente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo acuerdo y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vimatur, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.095/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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